:: Buenas noticias desde el área regulatoria ::
Consejo Ejecutivo de AUDEA :: #17 :: agosto 2020

Hace apenas unos meses escribíamos en el editorial de esta revista que el clima de negocios del sector asegurador se había deteriorado en los últimos años debido a la incertidumbre generada por la introducción de regulación sin un apropiado proceso de diálogo con la industria y con efectos retroactivos. También mencionábamos que éste era un tema prioritario para AUDEA y que ya habíamos comenzado a plantear líneas de trabajo para contribuir a mejorar en ese sentido. En el presente editorial nos focalizaremos en dos señales muy auspiciosas que se han materializado recientemente.
En primer lugar, una modificación en el marco legal que rige las obligaciones en cuanto a la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo (PLAFT) para las empresas aseguradoras que limita el alcance legal de las obligaciones de las mismas a las actividades de seguros de vida, en línea con los estándares internacionales emitidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y la Asociación Internacional de Supervisores de Seguros (IAIS).
En segundo término, el nuevo Plan de Acción 2020 – 2028 de la Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central del Uruguay que incorpora nuevos elementos al tradicional mandato prudencial de la SSF estableciendo un foco preciso en el desarrollo del mercado, un aspecto clave para disminuir la brecha de protección del seguro en el Uruguay. Es precisamente sobre este tema, que los invito también a leer la entrevista internacional con Manuel Aguilera Verduzco donde se abarca el rol que las políticas públicas han tenido históricamente en la generación de mercados de seguros profundos.
1.1. Exigencias de lavado de activos únicamente para Seguros de Vida.
Los estándares internacionales emitidos por GAFI y la IAIS establecen claramente que el esquema de prevención contra el LAFT debe abarcar los seguros de vida y que se puede evaluar la incorporación de exigencias para otros seguros si las evaluaciones de riesgo de los países identifican que existen riesgos de LAFT más allá de los seguros de vida. En el Uruguay, en ninguna de las dos evaluaciones nacionales de riesgo ni en las evaluaciones internacionales realizadas surgía la presencia de riesgo LAFT en la actividad aseguradora, por lo cual desde AUDEA entendimos que la normativa uruguaya se encontraba desproporcionada al riesgo real.
El nuevo artículo 226 incluido en la Ley de Urgente Consideración que modifica el artículo 12 de la Ley “antilavado” 19.574, circunscribió el alcance de las obligaciones de las empresas aseguradoras como sujetos obligados a las actividades de seguros de vida. Este cambio en la legislación adecúa el marco sobre PLAFT a los estándares internacionales, nos equipara a países con sistemas financieros y de seguros robustos como por ejemplo España, Canadá, Reino Unido y, todo ello, manteniendo la seguridad del sistema nacional de prevención contra el lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
De esta forma, las empresas de seguros podrán focalizar sus actividades de PLAFT y asignar recursos a las actividades y operaciones donde verdaderamente podría existir riesgo de lavado, contribuyendo a que el sistema de prevención antilavado resulte más ajustado a riesgos, tal como lo exigen también los estándares internacionales del GAFI.

1.2. Plan de Acción 2020 – 2028 de la Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central del Uruguay.
La SSF hizo público su plan de acción para el período 2020 – 2028 en el cual se visualiza la incorporación de temas muy importantes que van más allá de lo que ha sido el tradicional papel del ente regulador en cuanto a control de solvencia. En concreto, la SSF ha incorporado apoyo proactivo al desarrollo del mercado de seguros como parte de nuevos lineamientos del Directorio del BCU, la voluntad de tornar el sistema previsional más competitivo y la búsqueda de mejoras en el grado de competencia de forma más general.
El objetivo de desarrollo se refleja en un objetivo estratégico de “participar activamente en acciones para el desarrollo de un sistema financiero confiable, moderno y accesible al servicio de la sociedad”. Dicho objetivo estratégico se pretende ejecutar mediante la activación de la Comisión Honoraria de Seguros, creada por la Ley de Desmonopolización de Seguros 16.426 y las acciones que se prevén se inician mediante un “diagnóstico para una definición de políticas públicas para la promoción del seguro”, poniendo énfasis en el desarrollo de “seguros de vida, salud, ahorro voluntario para el retiro, cauciones, rurales, PYMES, etc.”. Asimismo, se plantea modificar legislación para competencia en el mercado de rentas previsionales, lo cual resulta imperativo dada la problemática de calce de monedas existente, la existencia de limitaciones a la tarificación y la utilización de tablas de mortalidad no ajustadas al colectivo previsional.
AUDEA valora muy positivamente el Plan de Acción de la SSF y la voluntad del BCU de mantener un diálogo fluido con la industria, lo cual ya ha sido evidenciado.
Por último, desde AUDEA quisiéramos felicitar a los nuevos miembros del Directorio del Banco Central del Uruguay y al Superintendente Cr. Juan Pedro Cantera en su nuevo mandato al frente de la Superintendencia de Servicios Financieros, así como desear a todos nuestros lectores un pronto retorno a las actividades con normalidad.

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